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Resumen del seguro agrario universal, Apuntes de Derecho Agrario

un breve resumen del seguro agrario universal

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 10/06/2021

sergio-andres-davila-antunez
sergio-andres-davila-antunez 🇧🇴

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SEGURO AGRARIO UNIVERSAL
CREACIÓN DEL SEGURO AGRARIO UNIVERSAL
I. Se crea el Seguro Agrario Universal “Pachamama”, con la finalidad de asegurar la producción
agraria afectada por daños provocados por fenómenos climáticos y desastres naturales adversos,
en la forma y de acuerdo con lo previsto en las disposiciones de la presente Ley.
II. El Seguro Agrario Universal “Pachamama”, será implementado de manera progresiva en los
ámbitos establecidos en el numeral 4 del Artículo 407 de la Constitución Política del Estado de
acuerdo a reglamento.
BENEFICIARIOS
I. Son sujetos beneficiarios del Seguro Agrario Universal “Pachamama”, los siguientes:
1. Las comunidades indígenas originario campesinos, comunidades interculturales y
afrobolivianas con
producción colectiva.
2. Las familias indígenas originario campesinos interculturales y afrobolivianas con producción
individual.
3. Los productores agrarios sean personas naturales o colectivas.
II. Se dará cobertura sólo a los beneficiarios que cumplan con todos los requisitos establecidos en
el reglamento
para acceder a los beneficios del Seguro Agrario Universal “Pachamama”. 15
INSTITUTO DEL SEGURO AGRARIO
I. Se crea el Instituto del Seguro Agrario INSA, como institución pública, autárquica, con
patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, económica, operativa, administrativa y legal,
bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras. El INSA se constituye en una instancia
operativa y normativa del Seguro Agrario Universal “Pachamama”, con ámbito de competencia en
todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
II. El Instituto del Seguro Agrario - INSA, se financiará con recursos del Tesoro General de la Nación
de acuerdo a su disponibilidad financiera, recursos propios, donaciones y otras fuentes de
financiamiento.
III. El Instituto del Seguro Agrario - INSA, estará a cargo de un Director General Ejecutivo, que será
designado mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por el Ministerio de Desarrollo
Rural y Tierras, quien será responsable de la ejecución, administración, y aplicación de la
normativa y aspectos técnicos de la entidad.
ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL INSTITUTO DEL SEGURO AGRARIO
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SEGURO AGRARIO UNIVERSAL

CREACIÓN DEL SEGURO AGRARIO UNIVERSAL

I. Se crea el Seguro Agrario Universal “Pachamama”, con la finalidad de asegurar la producción agraria afectada por daños provocados por fenómenos climáticos y desastres naturales adversos, en la forma y de acuerdo con lo previsto en las disposiciones de la presente Ley. II. El Seguro Agrario Universal “Pachamama”, será implementado de manera progresiva en los ámbitos establecidos en el numeral 4 del Artículo 407 de la Constitución Política del Estado de acuerdo a reglamento. BENEFICIARIOS I. Son sujetos beneficiarios del Seguro Agrario Universal “Pachamama”, los siguientes:

  1. Las comunidades indígenas originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas con producción colectiva.
  2. Las familias indígenas originario campesinos interculturales y afrobolivianas con producción individual.
  3. Los productores agrarios sean personas naturales o colectivas. II. Se dará cobertura sólo a los beneficiarios que cumplan con todos los requisitos establecidos en el reglamento para acceder a los beneficios del Seguro Agrario Universal “Pachamama”. 15 INSTITUTO DEL SEGURO AGRARIO I. Se crea el Instituto del Seguro Agrario – INSA, como institución pública, autárquica, con patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, económica, operativa, administrativa y legal, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras. El INSA se constituye en una instancia operativa y normativa del Seguro Agrario Universal “Pachamama”, con ámbito de competencia en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia. II. El Instituto del Seguro Agrario - INSA, se financiará con recursos del Tesoro General de la Nación de acuerdo a su disponibilidad financiera, recursos propios, donaciones y otras fuentes de financiamiento. III. El Instituto del Seguro Agrario - INSA, estará a cargo de un Director General Ejecutivo, que será designado mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, quien será responsable de la ejecución, administración, y aplicación de la normativa y aspectos técnicos de la entidad. ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL INSTITUTO DEL SEGURO AGRARIO

Para la implementación de Seguro Agrario Universal “Pachamama”, el INSA tendrá las siguientes atribuciones y funciones:

  1. Diseñar, implementar, monitorear y evaluar un Programa de Subsidios Anual a la prima del Seguro Agrario Universal “Pachamama”, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas y las entidades territoriales autónomas, concretando la aplicación progresiva del Seguro Agrario Universal “Pachamama”.
  2. Administrar el subsidio a la prima del Seguro Agrario Universal “Pachamama”, así como otros recursos destinados al pago de siniestros según los productos de seguro a ser implementados de acuerdo a reglamento.
  3. Emitir disposiciones administrativas y regulatorias generales y particulares.
  4. Aprobar y generar modalidades o productos de seguro a ser implementados de acuerdo a las características propias de regiones y productores.
  5. Administrar directamente modalidades o productos de seguro para los productores más pobres según reglamento.
  6. Contratar servicios de apoyo de entidades financieras u otro tipo de instancias que posibiliten la implementación de las distintas modalidades o productos de seguro.
  7. Celebrar convenios, acuerdos de cooperación técnica y operativa con las instancias institucionales públicas, privadas, nacionales o internacionales, en el mejor interés de cumplir con la finalidad del Seguro Agrario Universal “Pachamama”. En el caso de convenios o acuerdos internacionales se coordinará con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  8. Generar y administrar las bases de datos de información relativa a la implementación del Seguro Agrario Universal “Pachamama”.
  9. Fijar topes de tasas por producto, definir y aprobar las zonas homogéneas de riesgo agroclimático de acuerdo a reglamento.
  10. Fijar precios o rangos de precios referenciales a efectos del cálculo de las indemnizaciones de acuerdo a reglamento.
  11. Aprobar las pólizas propuestas por las aseguradoras, en lo que al Seguro Agrario Universal “Pachamama” respecta.
  12. Aprobar los porcentajes de indemnización respecto del precio o rango de precio.
  13. Aprobar los cronogramas para la suscripción al seguro de los distintos cultivos, así como las condiciones técnicas mínimas exigibles de cultivo en cada zona de riesgo agroclimático para que los mismos puedan ser amparados por el seguro.
  14. Aprobar los sistemas de verificación de daños por producto ó región, sistemas de peritaje, sistemas de índices de rendimiento, sistemas de índices climáticos, otros o la combinación de los anteriores.