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Informe Telesecundaria No. 283 '15 de Mayo': Misión, Visión y Organización, Ejercicios de Pedagogía

El primer informe de la Telesecundaria No. 283 '15 de Mayo'. Se abordan aspectos generales de la institución, desde su historicidad, contexto, organización, misión y visión, hasta su legislación escolar. La institución busca ofrecer educación secundaria de calidad con equidad y pertinencia, atendiendo las necesidades formativas de sus alumnos.

Tipo: Ejercicios

2018/2019

Subido el 08/10/2021

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN FEDERALIZADA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y SUPERIOR
DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DOCENTE
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL. UNIDAD 071
SUBSEDE BUENAVISTA
PRIMER INFORME
INSTITUCIÓN:
Telesecundaria No. 283 “15 de Mayo”.
C.C.T: 07ETV0083N ZONA ESCOLAR: 002 SECTOR: 09
DIRECCIÓN:
Barrio Conasupo S/N.
DIRECTOR:
Lic. Manolo Apolinar López Méndez
PRESENTA:
Betzania Isabel Ramírez Alfonso
MATRÍCULA:
14131661
ASESOR:
Lic. Pascual Ricardo Aguilar López
LÍNEA ESPECÍFICA: NOMBRE DEL PROGRAMA:
Educación Inclusiva Prácticas Profesionales I
San Pedro Buenavista, Villacorzo, Chiapas. A 03 de Marzo de 2017.
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN FEDERALIZADA

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y SUPERIOR

DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DOCENTE

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL. UNIDAD 071

SUBSEDE BUENAVISTA

PRIMER INFORME

INSTITUCIÓN:

Telesecundaria No. 283 “15 de Mayo”. C.C.T: 07ETV0083N ZONA ESCOLAR: 002 SECTOR: 09 DIRECCIÓN: Barrio Conasupo S/N. DIRECTOR: Lic. Manolo Apolinar López Méndez PRESENTA: Betzania Isabel Ramírez Alfonso MATRÍCULA: 14131661 ASESOR: Lic. Pascual Ricardo Aguilar López LÍNEA ESPECÍFICA: NOMBRE DEL PROGRAMA: Educación Inclusiva Prácticas Profesionales I San Pedro Buenavista, Villacorzo, Chiapas. A 03 de Marzo de 2017.

INTRODUCCIÓN

La Escuela Telesecundaria tiene por objeto impartir educación secundaria fortaleciendo en los estudiantes el desarrollo armónico e integral de su personalidad en beneficio propio y el de su comunidad y propiciando que adquieran la formación que les permita continuar sus estudios en el nivel inmediato superior o para ingresar al trabajo. El presente informe detalla lo más relevante de las primeras sesiones de observación de la primera etapa del programa de prácticas profesionales, en la Telesecundaria No. 283 “15 de Mayo”. En dicho informe abordará información recabada sobre aspectos referentes a la institución, desde su historicidad, contexto, organización, misión, visión y legislación escolar entre otras cosas. Se dará a conocer aspectos generales de la institución desde un punto de vista panorámico, recalcando con lo anterior, la institución busca ofrecer una educación de calidad con equidad y pertinencia, atendiendo las necesidades formativas de sus alumnos, para un desarrollo integral que les permita continuar sus estudios. Inculcando en sus alumnos diversos valores como responsabilidad, respeto, unidad, compromiso, justicia, legalidad y honestidad. Por última instancia se hace mención que el primer informe de prácticas profesionales es esencial para mi formación como futura Licenciada en Intervención Educativa, por ende me permitirá desarrollar mis habilidades y aplicar los conocimientos ya adquiridos durante el periodo cursado de la carrera.

HISTORICIDAD DE LA INSTITUCIÓN

CONSTITUCIÓN DE LA INSTITUCIÓN

Los programas con los que actualmente están vigentes en la institución son los siguientes:  Campaña integral de prevención de embarazo adolescentes  Prospera  Comité de padres de familia Actividades Generales de la Institución: Bitácora Enero 19/01/ Inició de torneo de voleibol. Modalidad todos vs todos a 15 sets. Muerte súbita Pelearan la final los 2 equipos que acumulen mejor puntaje. Febrero 03/02/ Promocionar la escuela a los alumnos de sexto grado de las primarias 9:00 A.M. Se hará una visita llevando videos para demostrar cómo se trabaja en el sistema de telesecundaria, con todo el personal, como encargado de los videos que da comisionado el profe Damel. Marzo 22/03/ Experiencia de los alumnos lectores de participación de elementos del grupo es libre lugar: en la cancha de basquetbol

ORGANIZACIÓN ESCOLAR

A continuación de manera general se hace mención del personal y alumnado que labora y asiste a telesecundaria No.283 “15 de mayo”. N.P. NOMBRES CATEGORIA GRADO Y GRUPO

ALUMNOS

1 Manolo Apolinar López Méndez Director Asistencia 2 Según Quién Corresponda Maestro de Guardia 3 Laura Morales Fernández Área H M T Administrativa A-A 4 Rosalinda Albarado Estudillo Maestro de Grupo 1° “A” 13 1 0

5 Christian Edel Ruíz Moreno Maestro de Grupo 1° “B” 11 1 2

6 Porfirio Castellanos Gil Maestro de Grupo 2° “A” 10 5 15 7 Rafael Núñez Hurtado Maestro de Grupo 2° “B” 12 6 18 8 Daniel Córdoba Cruz Maestro de Grupo 3° “A” 13 7 20 9 Pedro Salas Velázquez Maestro de Grupo 3° “B” 10 8 18 10 Sandra Martínez Ramírez Maestra de Danza 11 Renaut Hernández Estrada Conserje 12 Total de Alumnos

En el cargo de maestro de guardia, el Director asigna a un docente para que asuma la responsabilidad de quedar como responsable de la institución cuando él no se encuentre a causa de comisiones o reuniones. El cargo se realiza de forma rotativa entre el grupo docente.

ordenamiento; IV. No ser separado del servicio sino por causa justa; V. Percibir las recompensas que señala este reglamento; VI. Obtener atención médica en la forma que fija este reglamento; VII. Ser ascendido en los términos que el escalafón determine; VIII. Percibir las indemnizaciones legales que les correspondan por riesgos profesionales; IX. Renunciar al empleo; X. Y las demás que en su favor establezcan las leyes y reglamentos Artículo 25. Son obligaciones de los trabajadores: I. Rendir la protesta de ley; II. Asistir con puntualidad al desempeño de sus labores y cumplir con las disposiciones que se dicten para comprobarla; III. En caso de enfermedad, dar el aviso correspondiente a la dependencia de su adscripción y al servicio médico, dentro de la hora siguiente a la reglamentaria de entrada a sus labores, precisando el lugar en que deba practicarse el examen médico. IV. Desempeñar el empleo o cargo en el lugar a que sean adscritos. V. Desempeñar las funciones propias de su cargo con la intensidad y calidad que éste requiera; VI. Obedecer las órdenes e instrucciones que reciban de sus superiores en asuntos propios del servicio. Una vez cumplidas expresarán las objeciones que ameriten; VII. Comportarse con la discreción debida en el desempeño de su cargo; VIII. Tratar con cortesía y diligencia al público IX. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública y no dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado;

X. Abstenerse de denigrar los actos del gobierno o fomentar por cualquier medio la desobediencia a su autoridad; XI. En caso de renuncia, no dejar el servicio sino hasta que le haya sido aceptada y entregar los expedientes, documentos, fondos, valores o bienes cuya atención, administración o guarda estén a su cuidado, de acuerdo con las disposiciones aplicables; XII. Residir en el lugar de su adscripción, salvo en los casos de excepción a juicio de la Secretaría; XIII. Trasladarse al lugar de nueva adscripción señalado por la Secretaría, en un plazo no mayor de cinco días contados a partir de la fecha en que hubiere hecho entrega de los asuntos de su anterior cargo. Dicha entrega deberá ser hecha, salvo plazo especial señalado expresamente por la Secretaría, en un lapso máximo de diez días. XIV. Dar facilidades a los médicos de la Secretaría para la práctica de visitas y exámenes en los casos siguientes: a) Incapacidad física; b) Enfermedades; c) Influencia alcohólica o uso de drogas enervantes; d) Solicitud de la Secretaría o Sindicato en cualquier otro caso. XV. Procurar la armonía entre las dependencias de la Secretaría y entre éstas y las demás autoridades en los asuntos oficiales. XVI. Comunicar oportunamente a sus superiores cualquier irregularidad que observen en el servicio. Artículo 26. Queda prohibido a los trabajadores: I. Aprovechar los servicios del personal en asuntos particulares o ajenos a los oficiales de la Secretaría; II. Proporcionar a los particulares, sin la debida autorización, documentos, datos o informar de los asuntos de la dependencia de su adscripción;

  1. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública. (D. O. 4-I-1946).
  2. Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación. (D. O.30-II-1964).
  3. Reglamento Interno de la Secretaría de Educación Pública. (D.O. 23-II-82.)
  4. Acuerdo por el que se establecen Delegaciones Generales en cada uno de los Estados de la República. (D.O. 22-III-1978.)
  5. Acuerdo que determina la organización y el funcionamiento del Consejo de Contenidos y Métodos Educativos. (D.O. 9-X-1978.)
  6. Circular No. 24-1 relativa a los lineamientos generales para nombrar y contratar personal y tramitar otras incidencias. A) Bases Legales de Telesecundaria
    1. Reglamento del artículo 3º constitucional sobre escuelas secundarias. (D.O. 10-I-1935.)
    2. Reglamento de Cooperativas Escolares. (D.O. 23-IV-82.)
    3. Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia. (D.O. 2-IV-1980.)
    4. Decreto Presidencial por el que se declara Día del Maestro el 15 de mayo. (D.O. 3-XII-1917.)
    5. Decreto Presidencial por el cual se autorizó a la Secretaría de Educación Pública para crear escuelas secundarias y darles la organización que juzgue conveniente (D.O. 30-XII-1925.)
    6. Decreto por el cual se fijan los derechos por revalidación de estudios parciales y certificados sobre enseñanza secundaria. (D.O. 21-VII-1933.)
    7. Acuerdo por el que se establece el Servicio de Secundaria por Televisión. (2-II-1968.)
    8. Acuerdo No. 11000 por el que se establece que la Educación Secundaria por Televisión forma parte del Sistema Educativo Nacional (22-VII-73.)
    9. Acuerdo que prohíbe que a instituciones educativas, culturales, sociales o de

otra índole, dependientes de la S.E.P., se les imponga el nombre de persona alguna, si ésta aún vive. (D.O. 9-XII-1941.)

  1. Acuerdo No. 3730 de C. Secretario de Educación Pública en el que se declara que los certificados de estudios completos de educación secundaria expedidos por instituciones que no dependan de dicha Secretaría tendrán plena validez oficial, con las salvedades que se indican. (D.O. 24-II-1972.)
  2. Acuerdo No. 7262 relativo a la regularización de los profesores que tanto en servicio e irregulares en la terminación de sus estudios, desean titularse. (D.O. 4-VII-1973.)
  3. Acuerdo con el que se instituye la medalla maestro Rafael Ramírez que se otorgará anualmente como reconocimiento a la labor de los maestros que en forma perseverante y distinguida hayan prestado 30 años de servicio a la S.E.P. (D.O. 28-XI-1973.)
  4. Acuerdo No. 17 por el que se autorizan para su aplicación en toda la República los procedimientos de evaluación de aprendizaje formulados por el Consejo Nacional Técnico de la Educación. (D.O. 28-VIII-1978.)
  5. Acuerdo por el que se establecen un sistema de coordinación y planeación para el otorgamiento de becas por parte de las dependencias de la Secretaría y los organismos del sector educativo. (D.O. 23-IX-1978.)
  6. Acuerdo No. 66 que modifica el diverso por el que se autoriza para ser aplicado en todo el Sistema Educativo Nacional el Nuevo Plan de Estudios de Educación Media Básica o Educación Secundaria. (D.O. 26-III-82.) B) Normas Técnico – Pedagógicas
  7. Instructivo de calificación de exámenes semestrales.
  8. Instructivo de organización y funcionamiento de reuniones académicas.
  9. Instructivo de organización y funcionamiento de juntas de academia de zona escolar.
  10. Plan y programas de estudio adecuadas a las características de telesecundaria de áreas académicas.
  1. Manual de Procedimiento para Regularización de Enero. (D.G.A. y C. D.G.O. y M., enero 1981).
  2. Manual de Procedimientos de Control Escolar de Inscripciones a 1º, 2º y 3er. Grado y traslados. (Enero 1981).
  3. Manual de Procedimientos para Regularización de agosto (D.G.A. y C. y D.G.O. y M., Enero 1981.)
  4. Manual de Procedimientos para Certificación de Fin de Curso (D.G.A., D.G.O. y M. 1981-82).
  5. Manual de Organización del Departamento de Registro y Certificación (D.G.A. y C. y D.G.O. y M. enero 1982).
  6. Manual de Expedición de Certificación de Estudios (de escuelas que ya no funciona).
  7. Manual de Organización de la Cooperativa Escolar de Consumo (U.C.E.S.E.M. y D.G.O. y M., marzo 1981.)
  8. Manual de Procedimientos para la constitución y Registro de la Cooperativa Escolar de Consumo de los Planteles de Educación Secundaria en los Estados. (U.C.E., S.E.M. y D.G.O. y M. marzo de 1981.)
  9. Manual de Procedimientos para el Reparto de Rendimientos Económicos de la Cooperativa Escolar. (U.C.E.S.E.M. y D.G.O. y M., marzo de 1982.)
  10. Manual de Procedimientos para la Renovación de los Integrantes de los Organismos de Gobierno y Control de la Cooperativa Escolar (de consumo). (U.C.E.S.E.M. y D.G.O. y M., marzo de 1982.)
  11. Manual para el Otorgamiento de Becas Escolares en Efectivo (D.G.O. y M., D.G.I.R. y D.G.D., abril 1982.) Conjunto De: Normas Jurídicas y Administrativas de la Secretaria de Educación Pública
  12. Artículos constitucionales referentes a la educación (3º, 5º, 31, 73, 123, fracción XII y 130). (D.O. 5-11-1917.)
  1. Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda. (D.O. 13-II-1937.)
  2. Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados. (D.O. 4-I-80).
  3. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 constitucional. (D.O. 28-XII-1959.)

DESEMPEÑO LABORAL

Directivo El director es el responsable del trabajo pedagógico donde lo más importante que se está gestionando son los procesos de enseñanza – aprendizaje y todo lo demás debe articularse en función a ellos. El director con el grupo de docentes que laboran en la institución forman un equipo coordinándose de la mejor manera, para llevar a cabo ciertas funciones que requiere la institución y darles a sus alumnos la mejor estancia durante su proceso de formación de educación media superior. También otra función que cabe destacar es el cuidado, mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa. Funciones generales Controlar que la aplicación del plan y los programas de estudios se efectúen conforme a las normas, los lineamientos y las demás disposiciones e instrucciones que en materia de educación Telesecundaria. (TSE), establezca la secretaría de educación pública. Proveer y organizar las actividades, los recursos y apoyos necesarios para el desarrollo del plan y los programas de estudio. dirigir y verificar dentro del ámbito de las escuelas que la ejecución de las actividades de control escolar, de extensión educativa y de servicios asistenciales se realicen conforme a los lineamientos establecidos. Evaluar el desarrollo y los resultados de las actividades del personal a su cargo en la escuela, las aulas y la comunidad.

 Integrar, analizar y remitir oportunamente la información estadística de la escuela a su cargo ante las instancias que lo requieran; haciendo uso de los recursos tecnológicos establecidos. Personal docente El objetivo del docente de telesecundaria es contribuir a la formación integral del educando mediante la interrelación continua, lo que le permitirá conocer y fomentar actitudes, aptitudes, habilidades e intereses de cada uno de sus alumnos desarrollando así su capacidad creativa, de participación y análisis. Funciones  Elaborar el plan de trabajo anual y presentarlo al director del plantel.  Desarrollar el proceso enseñanza-aprendizaje en todas las áreas del plan de estudios aplicando la tecnología educativa de telesecundaria.  Reforzar el aprendizaje de los alumnos tomando como base la información obtenida en la lección televisada y en la lección impresa.  Fomentar en los alumnos el hábito de la autoevaluación como medio para conocer su avance en el logro de los objetivos.  Informar al director del plantel las deficiencias detectadas en las lecciones televisadas y en las lecciones impresas.  Evaluar el proceso de aprendizaje de sus alumnos de conformidad con las normas y lineamientos establecidos en esta materia.  Informar al director del plantel sobre los problemas generados en la aplicación del plan y programas de estudio.  Solicitar al director del plantel y, en su caso, al demás personal docente, asesoría en la aplicación de las normas técnico-pedagógicas y administrativas que estén dentro de su ámbito de competencia.  Mantener en buen estado el televisor y, en caso de descompostura, reportarlo al director del plantel para solicitar su reparación.  Mantener actualizada la documentación de control escolar de los alumnos a su cargo y presentarla al director cuando le sea solicitada.

 Informar a los padres de familia o tutores de los alumnos a su cargo, en coordinación con el director del plantel, sobre su aprovechamiento y disciplina escolar.  Desarrollar, en coordinación con el director del plantel, programas de orientación y extensión educativa.  Auxiliar al director del plantel en el desarrollo de programas de vinculación con la comunidad.  Solicitar oportunamente los materiales que requiera para realizar sus actividades docentes.  Adecuar el desarrollo de sus actividades a las características del grupo que atienda.  Intervenir como guía y consejero en el proceso formativo de sus alumnos.  Colaborar con el director y, en su caso, con el demás personal docente, para promover la participación de los padres o tutores de los alumnos en el proceso educativo.  Programar y desarrollar actividades extraescolares con el objeto de reforzar el proceso enseñanza-aprendizaje, como: actividades cívicas, culturales, deportivas y artísticas.  Desarrollar actividades cívicas, culturales, deportivas y artísticas. Límites de Autoridad  Evaluar permanentemente el aprovechamiento de sus alumnos de conformidad con las normas establecidas a este respecto.  Sugerir a la Dirección del plantel las medidas que considere procedentes para mejorar la prestación del servicio educativo.  Informar, por escrito, al director de la escuela las deficiencias detectadas en los materiales didácticos.  Responsabilidad  Cumplir con las funciones asignadas a su cargo así como con su horario de trabajo.